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13 de noviembre de 2017
13/11/2017
En las sentencia, los jueces Nora Carmen Dorado y Luis René
Herrero aseguraron que por tratarse de "derechos alimentarios e irrenunciables"
de las personas con discapacidad esas pensiones deben ser restituidas.
La medida incluye a todos los afectados a nivel nacional
cuyas prestaciones hayan sido "dadas de baja o suspendidas, sin mediar
resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso".
l debido proceso implica para los magistrados "el derecho a
ser oído, ofrecer y producir prueba y obtener una decisión fundada".
Los jueces consideraron que la suspensión de las pensiones
"vulnera derechos a la vida autónoma, la salud, la vivienda, la educación y la
dignidad inherente a la persona humana".
El Gobierno nacionlal dio de baja unas 170.000 pensiones por
invalidez valiéndose del endurecimiento de las condiciones para acceder a ese
beneficio.
Guillermo Badino, el ex titular de la Comisión Nacional de
Pensiones Asistenciales (CNPA), afirmó en su momento que una persona con cierto
grado de discapacidad, como alguien con síndrome de down, "puede trabajar si lo
desea o quizás le pueda caber la Asignación Universal por Hijo".
"Dimos de baja pensiones a personas que no son inválidos
totales y permanentes, sino que tienen cierto grado de discapacidad. Una
persona con síndrome de down no es sujeto de derecho de esta pensión", señaló.
En septiembre de este año la jueza Federal Adriana Cammarata
dictó una medida cautelar para exigirle al gobierno la inmediata restitución de
todas las prestaciones dadas de baja desde enero de 2016 sin que mediara
"resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso".
En ese entonces la Justicia falló a favor de un amparo de
alcance nacional presentado por la Red por los Derechos de las Personas con
Discapacidad (REDI).
La magistrada inició una causa federal colectiva con el
objetivo de unificar todos los reclamos individuales en el ámbito de la Corte
Suprema de Justicia de manera de evitar que hubiera resoluciones con diferentes
criterios según las jurisdicciones.
En octubre la cartera que conduce Carolina Stanley fue
intimada a que en un plazo máximo de diez días cumpla con la cautelar que
ordena restablecer las pensiones suspendidas o eliminadas.
Hasta el momento el Ministerio devolvió apenas 10 mil
prestaciones aproximadamente.
En el fallo de Cammarata se incluyeron también aquellas
coberturas que el Gobierno decidió eliminar en los casos en que los
beneficiarios no se hubieran presentado a recibirlas en los últimos tres meses,
sin considerar que esas ausencias podían deberse justamente a los mismos problemas
de salud por los cuales se recibían las asignaciones.
(AGENHOY)
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