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22 de septiembre de 2017
A través del decreto 738/2017 publicado en el Boletín
Oficial, el Poder Ejecutivo dio curso a la legislación aprobada por el Congreso
el pasado 29 de marzo.
De esta manera, el Gobierno creará el Programa Nacional para
el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus
derivados y tratamientos no convencionales, que estará en la órbita de la
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud.
El área estará dirigida por "un profesional médico
calificado y con experiencia en investigación o gestión de la investigación, o
en especialidades afines, con rango de director nacional".
Asimismo, la Ley 27.350 autoriza al Consejo Nacional de
Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y al Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA) "el cultivo de cannabis con fines de
investigación médica o científica para la elaboración de la sustancia que como
medicamento sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al programa".
Al respecto, la norma fija que el Ministerio de Seguridad
"establecerá las condiciones de habilitación que deberán observar el Conicet y
el INTA, exclusivamente en materia de seguridad de los predios e instalaciones
de cultivo de cannabis".
Sin embargo, quedaron sin reglamentar algunos objetivos de
la ley como "investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de
cannabis y sus derivados en la terapéutica humana"; "contribuir a la
capacitación continua de profesionales de la salud" en ese sentido; así como
también quedó excluido el impulso del Estado de "la producción pública" de la
planta y "su eventual industrialización".
Finalmente, también quedó fuera la invitación a las
provincias y la Ciudad de Buenos Aires para que se incorporen al programa.
La Ley 27.350 había sido aprobada el pasado 29 de marzo en
el Senado y su texto publicado en el Boletín Oficial 20 días después, aunque
restaba la reglamentación de parte del Poder Ejecutivo.
(AGENHOY)
30 de julio de 2026
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