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9 de febrero de 2017
La medida busca trasparentar todos los costos involucrados en los pagos financiados, con el fin de que los consumidores puedan acceder a la información real, es decir cuánto paga, cómo paga y cómo está compuesto el precio.
Toda compra en cuotas que realice el consumidor o usuario posee un costo financiero y una tasa de interés asociada. La norma establece que la publicidad del costo financiero total deberá colocarse en una ubicación contigua, al resto de las variables informadas.
La dependencia comunal informó que en virtud de la normativa, todos aquellos que ofrezcan bienes o servicios para consumo final deberán observar lo siguiente:
No podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta de crédito o débito, en un solo pago.
Además, cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicable y el costo financiero total.
En caso de comerciar productos ofreciendo financiamiento no se podrá incluir en los anuncios la frase "sin interés" (o similar), cuando el costo de financiación sea trasladado al precio de venta.
El dato del costo financiero total debe ubicarse al lado del resto de la información, pero destacado y con un tamaño cinco veces mayor al utilizado para la tasa de interés anual aplicada y/o cantidad de cuotas.
También agregaron que los planes Ahora 12 y Ahora 18 mantienen su vigencia y deberán adecuarse a la presente resolución y exhibir al cliente su costo financiero total.
Asimismo las entidades bancarias, financieras y de tarjeta de crédito serán responsables del cumplimiento de las normas vigentes en materia de exhibición de precios, cuando realicen o participen en acciones publicitarias de productos o servicios ofrecidos bajo la modalidad de venta financiada en cuotas.
La resolución remite a las sanciones establecidas en la Ley de Lealtad Comercial n°22.802 y en la Ley de Defensa del Consumidor Ley 24.240, según corresponda.
Finalmente el área comunal destacó que el usuario o consumidor final podrá denunciar cualquier incumplimiento a las referidas leyes, siguiendo el procedimiento establecido en la ley 13.133 para lo cual deberán dirigirse a la Oficina de Información al Consumidor, de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hs. en Chacabuco 383.
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