8 de junio de 2016

Política

Política. Comunicado: las cooperativas eléctricas acatan el fallo judicial

  • a) A toda facturación que se emita a partir de la fecha se aplicará el cuadro tarifario vigente con anterioridad al 26/02/16, es decir el establecido oportunamente por la Resolución MI 243/12 y complementarias, independientemente del periodo de consumo que se facture.
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    1. b) La aplicación de lo descripto en a) lo efectuaremos sobre aquellas facturas cuyo vencimiento original se produzca con posterioridad al día 8 de Junio de 2016, fecha de publicación de la sentencia dictada por el Juez Dr Luis Federico Arias en el Boletín Oficial.
     
    1. c) Que si el estado de situación se revierte por las medidas judiciales presentadas por la Fiscalia de Estado o las Distribuidoras Eléctricas, las mismas quedarán facultadas a refacturar con los cuadros vigentes de acuerdo a lo establecido por la Resolución MIySP 22/2016 atacada por la medida judicial.
    Las distribuidoras instrumentarán lo descripto operativamente, a su criterio.

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