Sociedad

Violencia de género: Proyecto de Ordenanza del Frente Renovador

30/07/2015

Piden que afecten a 30 agentes de la Policía de Prevención Local para la protección y atención de las mujeres víctimas de violencia.

Hoy en día es una preocupación de la sociedad toda y también en nuestra ciudad el crecimiento de la violencia familiar caracterizada como toda acción, omisión, abuso, que afecte la libertad, seguridad personal, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, de una persona en el ámbito del grupo familiar.

En dicho marco, la investigación eficiente de muertes de mujeres en contextos de violencia de género ha producido que en los últimos años se hable de “femicidio” como categoría específica de homicidio. Más allá de los diversos aportes conceptuales y variantes que se realizaron en el marco de las discusiones académicas y de las organizaciones de mujeres sobre el alcance del término femicidio, existe cierto consenso a la hora de definirlo como los homicidios de mujeres o personas con identidad de género femenino que ocurren por razón de género.

Este fenómeno, que se manifiesta con distinta intensidad y características dependiendo de los patrones culturales que dominan en las sociedades, ha tenido un lugar importante en las agendas públicas de numerosos municipios, así, el femicidio ha sido tipificado como delito o cuenta con sanciones específicas al demostrarse la violencia de género como motivo de un homicidio. Asimismo, se pusieron en funcionamiento protocolos de actuación que tienden a mejorar y definir los procedimientos válidos para el accionar de los actores judiciales y policiales cuando intervienen en la investigación de femicidios.

Actualmente en las discusiones acerca de los femicidios y las posibles acciones que pueden desarrollarse por parte del Estado para atender a la problemática, han ocupado un lugar relevante en la sociedad y en el marco de las discusiones que se producen entre representantes del Poder Legislativo, y entendemos que ese debate debe realizarse en el ámbito municipal también.

Tomando en cuenta que en nuestra Ciudad se han implementado políticas publicas para el abordaje de la problemática de Violencia de Genero, como el Refugio Municipal Martha Pelloni, El área de la Mujer, el área de Fortalecimiento Familiar, la implementación del Botón Antipático, la inclusión de esta problemática en el Programa Operativo de Seguridad y todo lo ya fundamentado es que se propone el siguiente Proyecto de Ordenanza, para colaborar en la prevención de posibles femicidios.

Por ello solicito se incorpore al tratamiento de ese Honorable Concejo Deliberante el siguiente proyecto de

PROYECTO DE ORDENANZA


ARTICULO 1: Aféctense 30 agentes de la Policía de Prevención Local  para la protección y atención de las mujeres víctimas de violencia, en aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique amenaza a su integridad psicológica, física o sexual, dando cumplimiento a los objetivos propuestos por la ley 26485 y por el Programa Operativo de Seguridad de la ciudad de Tandil.

ARTICULO 2: Podrán solicitar ser incluidas en esta prevención especifica todas aquellas mujeres residentes en el Partido de Tandil, que sean víctima de violencia y no puedan permanecer en su domicilio fuera de peligro de agresión por parte de su agresor. Las medidas de prevención duraran el tiempo que otorgue la justicia interviniente y en las condiciones que esta establezca.

ARTICULO 3: Las medidas previstas en el artículo anterior comprenderán también a todas aquellas personas que estén efectivamente a cargo de la víctima de violencia.

Envia tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento sera eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptacion del Reglamento


2008 - 2024 © www.eldiariodetandil.com | Todos los derechos reservados